¿Qué
son los alimentos?
Es todo lo que es indispensable para
el sustento de las personas e hijos,
Como lo son: La educación, vestido,
casa, recreación, salud, seguridad
social
¿Cuales son los requisitos que se deben cumplir para
poder reclamar alimentos?
En el caso
de los hijos menores primero tienen que haber sido
reconocidos por el alimentante, caso contrario se debe
iniciar previamente un juicio de filiación. En el caso
del cónyuge divorciado o separado, el requisito es, que
él no haya sido culpable de los mismos.
¿Cuales son los documentos que se necesitan para poder
iniciar el juicio?
En el caso
de los menores, se necesita las partidas de nacimiento,
el niño generalmente estará representado por su madre.
En el caso de los cónyuges, se requiere acreditar
partida de matrimonio, pero solo lo podrá reclamar si el
divorcio es contradictorio y si se lo declara inocente,
es decir que no puede pedir alimentos si el divorcio es
por mutuo acuerdo o separación de hecho.
¿A quién se le deben alimentos?
Al cónyuge divorciado o
separado personalmente no culpable de la cusa de ello; A
los hijos, nietos, biznietos; A los hermanos; A los
padres, abuelos; A quien le dona una bien; A la mujer
embrazada.
¿Si
tengo un acuerdo de alimentos con mi cónyuge es valido?
Si, los cónyuges pueden acordar la cuota
alimentaria, a través de un convenio privado por
escrito, luego esté debe ser homologado por el juez para
poder hacer cumplir su exigencia.
¿Si la persona que me debe
alimentos no me los suministra que puedo hacer?
Puede iniciar un proceso penal
o civil por inasistencia alimentaría, en caso de
fracasar el civil se puede recurrir a la justicia penal,
la ley 13.944 prevé el delito de incumplimiento de los
deberes de asistencia familiar "se impondrá pena de
prisión de un mes a dos años o multa ...a los padres
que, aún sin mediar sentencia civil, se substrajeren a
prestar los medios indispensables para la subsistencia a
su hijo menor de dieciocho años, o de más si estuviere
impedido".