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  Dr. Brian I. Knobel - Abogados de Familia - Derecho Civil (Capital, San Isidro, Martinez).

  Tel. fijo: 47926448 - Cel: 15-4-437-7373 - Email: brianknobel@yahoo.com.ar - Belgrano 384 Of. 7, San Isidro (concretar entrevista previa)

Separación Personal - División de Bienes

 
 

¿Que es la separación personal? Es aquella que disuelve la sociedad conyugal, es decir que a partir de la cual se pueden dividir los bienes del matrimonio, pero no disuelve el vinculo matrimonial, o sea que los cónyuges no podrían volver a contraer matrimonio.

¿Cuantos años tienen que transcurrir para poder solicitar la separación personal por mutuo acuerdo? 2 años y acreditar que existen causas morales que hacen imposible continuar con el matrimonio.

¿Cuantos años tienen que transcurrir para poder solicitar la separación personal por culpa del otro cónyuge? 2 años, el otro cónyuge tiene que haber incurrido en alguna de las siguientes causales a) adulterio , b) injurias graves, c)que haya inducido al otro cónyuge a cometer un crimen d) haber atentado contra la vida del otro cónyuge o de sus hijos, e) abandono  voluntario y malicioso. La causal subjetiva debe ser probada.

¿Cuantos años tienen que transcurrir para poder solicitar la separación personal por separación de hecho? 2 años.

¿ Se puede convertir la sentencia de separación personal en divorcio vincular? 
Transcurrido un año de dictada la sentencia de separación personal ambos cónyuges pueden solicitar la conversión de la Separación personal en divorcio vincular. Transcurridos tres años de la sentencia de separación personal, puede solicitarla uno solo de los cónyuges.

También uno de los cónyuges puede solicitar la separación personal cuando esta fundada en alteraciones mentales graves de carácter  permanente, alcoholismo o adicción a la droga del otro cónyuge, cuando tales trastornos hacen imposible la vida común entre ellos o la de sus hijos.