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Dr. Brian I. Knobel -
Abogados de Familia - Derecho Civil
(Capital, Vicente Lopez, Olivos, La Lucila, Martinez,
Acassuso, San Isidro).
Tel. fijo: 47926448 - Cel: 15-4-437-7373 -
Email:
brianknobel@yahoo.com.ar - Belgrano
384 Of. 7, San
Isidro (concretar entrevista previa) |
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Abogados
Sucesiones
en Vicente Lopez, Olivos, La Lucila, Martinez, Acassuso,
San Isidro, Victoria, San Fernando, Tigre |
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¿Qué es la sucesión?
La
sucesión comprende la transmisión de los derechos
activos y pasivos que conforman la herencia del
fallecido al cónyuge sobreviviente, descendientes o
ascendientes del causante, y los instituidos por
testamento realizado por la persona antes de fallecer.
¿Que es la herencia?
La
herencia está formada por todos los bienes y deudas que
forman el patrimonio del fallecido. El heredero sólo es
responsable por el pago de las deudas hasta el valor de
los bienes existentes en la sucesión. De esta manera la
ley garantiza el patrimonio personal del heredero que
así no se ve comprometido por la aceptación de una
herencia con más deudas que bienes. Esto se llama
Beneficio de inventario.
¿Que clases de herederos
hay? Los herederos son designados
por la ley o por testamento.
Herederos Legítimos: son aquellos que
suceden en razón de que la ley así lo dispone fundada en
el vínculo familiar que los une con el fallecido.
Son herederos legítimos los hijos (descendientes),
padres (ascendientes), cónyuge y los parientes
colaterales del causante hasta el cuarto grado, a saber
hermanos, sobrinos, tíos y primos (en ese orden).
La ley establece ordenes que determinan que los que
están mas arriba en la lista excluyen en la sucesión a
los que están en un orden inferior.
Herederos Forzosos: son aquellos que no
pueden ser privados de una parte determinada de los
bienes, ni siquiera por la voluntad previamente
manifestada por el difunto. Los herederos
colaterales son herederos legítimos pero no
forzosos.
Estos si podrían ser privados de los bienes en función
de la existencia de herederos testamentarios.
Herederos
testamentarios: aquellos herederos
instituidos en testamento realizado por el difunto.
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