|
|
|
Dr. Brian I. Knobel -
Abogados de Familia - Derecho Civil
(Capital, Vicente Lopez, Olivos, La Lucila, Martinez,
Acassuso, San Isidro).
Tel. fijo: 47926448 - Cel: 15-4-437-7373 -
Email:
brianknobel@yahoo.com.ar - Belgrano
384 Of. 7, San
Isidro (concretar entrevista previa) |
|
Abogados
Sucesiones
en Vicente Lopez, Olivos, La Lucila, Martinez, Acassuso,
San Isidro, Victoria, San Fernando, Tigre |
|
| |
¿Si hay un testamento se
inicia sucesión?
Siempre se debe iniciar la sucesión
aunque haya un testamento, en este caso se denomina
sucesión testamentaria.
¿Puede el testador disponer de todo su patrimonio? El
testador puede solamente disponer del porcentaje que
indica la ley sin afectar la legítima, esto es la parte
de los bienes que le corresponden por ley a los
herederos forzosos.
Por lo tanto en caso de existir:
1-descendientes (o
sea hijos del fallecido), el testador sólo puede
disponer para los herederos testamentarios del 20% del
patrimonio relicto.
2-ascendientes o
sea padres del difunto, el testamento puede abarcar
hasta el 33,4%.
3-cónyuge, el
testador dispone del 50%.
4-herederos no
forzosos, el testamento puede incluir la totalidad de
los bienes de la herencia.
Pagina anterior
Pagina siguiente |
|
|